Por Natalia Estrada
México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, negó amparar al sargento segundo, Víctor Daniel Pérez acusado de cometer un crimen pasional al asesinar a su pareja sentimental y a su amante. Los ministros indicaron que este caso es competencia de la justicia ordinaria local y no de la justicia militar, es la voz del presidente de la Corte, Juan Silva Meza
"Este Tribunal pleno ha determinado que los hechos de esta causa corresponden a jurisdicción ordinaria civil, ahora a partir de aquí corresponde en función de los alegatos y el contenido de los alegatos en el sentido de que esta en activo, no estaba en activo, estaba en servicio o no estaba en servicio que ha sido abordado nos lleva a determinar partiendo de la base que estamos en la jurisdicción civil corresponde el conocimiento de estos hechos en su juzgamiento al fuero local", indicó.
El ministro, José Ramón Cossió apuntó que independientemente de si las víctimas son civiles, el caso era competencia de un juez civil en el ámbito local
"Independientemente si hay victima civil o si esto se dio dentro o fuera de un recinto militar, creo que no hay ninguna posibilidad de autoridad aparente vinculación en este tipo de hechos concreto, privar de la vid a una persona en la condiciones que se dio no puede tener ninguna elación que estaban sometidas en materia militar, ni hay mando, ni hay instrucciones ni ninguno de los elementos característicos de la disciplina militar, es jurisdicción civil y es competencia de un juez local", dijo.
Víctor Daniel Jiménez Pérez, quien era cocinero del Hospital Militar con sede en La Paz, Baja California Sur, estando de guardia en el nosocomio abandonó su lugar de trabajo para sorprender a su pareja, Elizabeth Flores, una soldado oficinista-, con el capitán dentista Carlos Armando Villa García, a quienes asesinó. Los ministros negaron que su caso fuera llevado en el fuero militar.